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CUOTAS LICENCIAS 2006
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CATEGORÍA
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LICENCIA R.F.M.E.
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LICENCIA AUTONÓMICA
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INDEPENDIENTE
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CLUB
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INDEPENDIENTE
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CLUB
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| SENIOR |
315 €
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256 € | 250 € | 200 € |
| JUNIOR |
280 €
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230 € | 225 € | 275 € |
| CADETE | 235 € | 185 € | 202 € | 152 € |
| JUVENIL | 195 € | 145 € | 185 € | 135 € |
| ALEVÍN | 188 € | 138 € | 175 € | 125 € |
| VETERANO | 350 € | 300 € | 260 € | 210 € |
| TURISMO | 205 | 155 € | 90 € | 65 € |
| UNA SOLA COMPETICIÓN | 173 € | 173 € | 80 € | 80 € |
| UNA SOLA COMPETICIÓN1ª prueba de la temporada/categoría |
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55 € | 55 € |
| ACRED. DE MECÁNICO/MOCHILERO | 80 € | 80 € |
58 €
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58 €
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| ACREDITACIÓN TUTOR MENORES |
Sin
cargo
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Sin
cargo
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Sin
cargo
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Sin
cargo
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| CARGO OFICIAL |
175 €
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175 € | 128 € | 103 € |
| AFICIONADO |
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248 € | 198 € |
| PROMOCIÓN |
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174 € | 124 € |
| ACREDITACIÓN COMISARIO PISTA |
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65 € |
58 €
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58 € |
| ANUAL CURSILLO VELOCIDAD/ENTRENAMIENTOS |
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174 € | 124 € |
| CURSILLO DE VELOCIDAD(por persona y evento) | 75 € | 68 € | 68 € | |
| ENTRENOS/CURSILLO MOTOCROSS(Por persona y evento) | 60 € | 52 € | 52 € | |
| ENTRENOS/CURSILLO OTRAS ESPECIALIDADES |
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50 €
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42 € | 42 € |
| ENTREMANIENTOS LIBRES VELOCIDAD |
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95 €
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92 € | 92 € |
| LICENCIA CATEGORÍA "SENIOR" |
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Se expedirá, a los pilotos que la soliciten, después de haber estado un año en posesión de la Licencia "JUNIOR", y a todos los vencedores de cualquier Campeonato de España Junior. Será asimismo obligatoria la Licencia Senior, para todos los pilotos que hayan poseído durante 3 años la licencia Junior. |
| LICENCIA CATEGORÍA "JUNIOR" |
| A partir de los 15 años. Todos los pilotos JUNIOR, que en el momento de solicitar su licencia no hayan cumplido 16 años, deberán tramitar obligatoriamente con la misma, una ACREDITACIÓN DE RESPONSABLE DEPORTIVO DE MENORES. Los pilotos que tramiten licencia autonómica y que hayan participado en su primer año de Junior en categorías de Aficionados, no les contará como Junior 1º año. |
| LICENCIA CATEGORÍA "VETERANO" |
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VETERANO 28: Tener más de 28 años y menos de 35. VETERANO 35: Tener más de 35 años. |
| LICENCIA CATEGORÍA "CADETE" |
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Nacidos en 1986/87. Todos los pilotos CADETES deberán tramitar obligatoriamente con su licencia, una ACREDITACIÓN DE RESPONSABLE DEPORTIVO DE MENORES. |
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LICENCIA CATEGORÍA "JUVENIL" |
| Nacidos en 1988/89/90. Todos los pilotos JUVENILES deberán tramitar obligatoriamente con su licencia, una ACREDITACIÓN DE RESPONSABLE DEPORTIVO DE MENORES. |
| LICENCIA CATEGORÍA "ALEVÍN" |
| Nacidos en 1991/92/93/94/95. Todos los pilotos ALEVINES deberán tramitar obligatoriamente con su licencia, una ACREDITACIÓN DE RESPONSABLE DEPORTIVO DE MENORES. |
| LICENCIA "AFICIONADO" |
| Se expedirá, a los pilotos que la soliciten, mayores de 18 años y que vayan a participar exclusivamente en los Campeonatos y Trofeos de Madrid que convoquen esta categoría. |
| LICENCIA "UNA SOLA COMPETICIÓN" |
| Se expedirá, a los pilotos que la soliciten. Esta licencia dará derecho a participar únicamente en la Competición para la que se solicite. La categoría no contará a efectos de posteriores licencias anuales, salvo en el caso de tramitarse más de una licencia anual de este tipo |
| Acreditación de "MECÁNICO O MOCHILERO" |
| Se expedirá a los mecánico o mochileros de los pilotos que la soliciten, permitiendo el acceso a las zonas delimitidas para ellos en las competiciones correspondientes, pudiendo tramitarse una licencia máximo por piloto. |
| Acreditación de "RESPONSABLE DEPORTIVO DE MENORES" |
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Los pilotos que en el momento de solicitar la licencia no hayan cumplido 16 años, deberán tramitar obligatoriamente una Acreditación cuya denominación será "RESPONSABLE DEPORTIVO DE MENORES", cuyo titular será la persona que acompaña al menor en las Competiciones como responsable de su actividad deportiva. Cualquier acción o acto antideportivo del titular de la Acreditación de "Responsable de Menores" llevará consigo la sanción que reglamentariamente corresponda imponer, tanto a dicho titular como al piloto correspondiente. El Club por el que se participe, que conste en la solicitud de Licencia, no podrá ser cambiado durante el transcurso del año de validez de la licencia. Las licencias serán concedidas y entregadas a partir de la fecha en que la licencia haya cubierto el período de carencia de 48 horas fijados en las Condiciones Particulares del Contrato de seguro de accidentes personales. Todas las licencias , con
excepción de las de "UNA SOLA COMPETICIÓN", tendrán validez durante el año
natural de su expedición. El importe de todas las licencias R.F.M.E., F.M.M. y las internacionales de Pilotos, incluyen un seguro de accidentes y el seguro de asistencia médico-quirúrgica. El importe de las licencias autonómicas, incluye exclusivamente la cobertura del seguro de asistencia médico - quirurgico contratado por la F.M.M. y son válidas únicamente para participar en competiciones que tengan lugar en el territorio de la Comunidad de Madrid. Todos los pilotos que estén interesados podrán contratar voluntariamente el seguro de accidentes deportivos, no incluido en esta licencia. La licencia de promoción, tiene las mismas coberturas y limitaciones que la licencia autonómica, y es valida exclusivamente para participar en las competiciones convocadas para dichas licencias y para aquellos pilotos que la tramiten por primera vez o que no hayan tenido licencia en los cinco últimos años. La licencia autonómica de Turismo no tiene ningún tipo de coberturas de las especificadas anteriormente. La acreditación de Comisario de Servicio, mecánico o mochilero, incluye el seguro de asistencia médico - quirurgica. Las licencias de cursillos o entrenamientos libres, son válidas para la actividad en cuestión, y serán solicitadas por los clubes organizadores antes de iniciarse la correspondiente actividad, incluyen únicamente el seguro de asistencia médico - quirurgica. REQUISITOS PARA SOLICITAR LICENCIAS POR CLUB Para tramitar una licencia por club será indispensable cumplir los siguientes requisitos:
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